Los importadores y comercializadores de equipos de tecnología podrían incurrir en millonarias multas por no manejar adecuadamente los residuos de aparatos electrónicos

Nov 05, 2019 - by administrador

Los desechos electrónicos se han convertido en uno de los residuos de mayor crecimiento en el mundo, con una tasa de incremento anual y global del 5%. En Colombia, según el reporte The Global E-waste Monitor 2017 publicado por la Universidad de las Naciones Unidas, se producen por año aproximadamente 275.000 toneladas de RAEE domésticos equivalente a 5,6 kilogramos por habitante.  

Por lo anterior el gobierno expidió el Decreto 284 de 2018, reglamentario de la ley 1672 de 2013 que, junto con la promulgación de la Política Nacional para la Gestión Integral de los RAEE en el 2016, representa un avance en la regulación de la Gestión Integral de estos desechos en el país.

Esta regulación precisa las obligaciones de importadores, fabricantes y comercializadores, autoridades ambientales y entidades territoriales frente a la gestión de estos residuos. También se desarrolla el Principio de la Responsabilidad Extendida del Productor (REP), que busca promover mejoras ambientales para ciclos de vida completos de los sistemas de los productos ya que su objetivo es extender las responsabilidades de los fabricantes del producto a varias fases del ciclo total de su vida útil, y especialmente a su recuperación, reciclaje y disposición final.

Edgar Erazo, Director Ejecutivo de EcoCómputo, entidad sin ánimo de lucro y pionera en la gestión integral de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, en especial de computadores y periféricos, declara que, desde el consumidor, con un cambio cultural, hasta quienes importan y comercializan tienen compromisos y sanciones frente a esta problemática

Las grandes superficies, distribuidores, tiendas especializadas, importadores directos, entre otros, tienen la responsabilidad de prevenir el potencial daño causado por la incorrecta disposición, habilitando espacios de recolección en sus áreas, dando información a sus clientes sobre cómo disponer los residuos o entregando sus residuos a sistemas de recolección y gestión, explica Erazo.

La multa por incumplimiento a la norma ambiental puede llegar hasta 5.000 SMLMV, según lo que plantea el Código Sancionatorio Ambiental, Ley 1333 de 2009. La multa depende de la gravedad del daño. Por ejemplo, una empresa que no tuvo un sistema de recolección selectivo por un año, la multaron con $182 millones.

Por: Redacción EcoCómputo.